lunes, 4 de mayo de 2009

"TODOS LOS TRABAJADORES CON EL MISMO DERECHO"


ACTO CONMEMORATIVO 25 DE MAYO

PRESENTACIÓN DEL SUTEBA

CABA, 4 Mayo de 2009.-
Al Señor DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION
PROFESOR MARIO OPORTO.-

ROBERTO BARADEL, en mi carácter de SECRETARIO GENERAL, del Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de la Pcia. de Buenos Aires – SUTEBA – con Personería Gremial Nº 1418, con domicilio real en calle Piedras Nº 740 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, me dirijo a Ud. y solicito:

I.- Que de la lectura de la Resolución Nº 5500 la cual fija el Calendario Escolar 2009, surge en la nota al pie de su Anexo I y posteriormente en el Anexo II apartado 6, que los actos conmemorativos tanto del 25 de Mayo (lunes) como del 9 de Julio (jueves) se deberán llevar a cabo en el día de la fecha histórica.

II.- Que de la legislación vigente, entiéndase Estatuto Docente, Ley Nº 13552 de Paritaria, Ley Nº 23551 de Asociaciones Sindicales, Ley Nº 24557 de Riesgos de Trabajo, etc; surge sin hesitaciones el reconocimiento de la calidad y condición de “trabajador” de la que gozamos los docentes, en consecuencia deviene que los mismos detentamos idénticos derechos y obligaciones que las reconocidas al resto de los trabajadores de nuestro País.
Al establecerse en forma obligatoria que las conmemoraciones del Primer Gobierno Patrio y del día de la Independencia se deben realizar en la fecha histórica, las cuales resultan ser Feriados inmovibles, atento lo establecido por la Ley Nº 24.445, de ello resulta que los docentes de la Provincia de Buenos Aires, deberán concurrir al Establecimiento Escolar donde trabajen en un día que resulta ser no laborable.
Tal como expresamos y en el entendimiento que el trabajador docente goza de idénticos derechos al resto de los trabajadores, frente a la situación planteada cualquier trabajador que se realice tareas en un día Feriado, percibe en consecuencia por ello, una remuneración superior a la que percibe habitualmente como también la compensación por haber trabajado el mismo, por ende le corresponde al trabajador docente el reconocimiento del derecho antes enunciado.

III.- Por los argumentos de hecho y de derecho invocados los que resultan ser de pleno conocimiento atento tratarse de legislación vigente, es que peticiono en nombre de los trabajadores Docentes que represento el reconocimiento y otorgamiento del pago adicional de los Feriados que en forma obligatoria trabajaran y/o la compensación del mismo, de tratarse de este ultimo dejo a vuestro criterio su implementación.
El otorgamiento de la presente petición corroboraría el reconocimiento legislativo ya expresado.

IV.- Lo antes solicitado no se contradice de ninguna manera con los principios y valores que priman y rigen a esta Organización Sindical. Estos principios nos permiten sostener en nuestro carácter de formadores la importancia de retornar a la celebración histórica a los efectos de imbuir a toda la comunidad educativa de la trascendencia de los hechos históricos acaecidos tanto el 25 de mayo como el 9 de julio, modificando así el carácter liberal y actual que significan los feriados como días de mera recreación o promoción del turismo, a la vez que la seriedad de la conmemoración permitirán concienciar no solo en conmemorar el día de esos eventos sino también la necesidad como pueblo de conocer su historia real a los efectos de consustanciarse en el patriotismo de quienes forjaron esas históricas fechas.

Saludo a Ud. atentamente en espera de una pronta y favorable respuesta,

ROBERTO BARADEL
Sec General de SUTEBA